Electoral | Casillas Electorales
Actualizado: 13 jul 2020
La casilla electoral es el lugar físico donde los funcionarios de casilla reciben la votación de los electores según la sección y el distrito electoral que corresponda.
La casilla se instala dentro de la sección electoral que corresponda a las del domicilio de los ciudadanos no debiendo instalarse esta fuera de esta delimitación física.
Secciones Electorales
Las secciones en las que se dividen los distritos tienen como máximo 3000 electores, en cada sección electoral por cada 750 electores o fracción, se instalará una casilla para recibir la votación de los ciudadanos residentes en ésta. De ser 2 o más casillas, se colocarán en forma contigua y se dividirá la lista nominal de electores en orden alfabético.
Cuando el crecimiento demográfico lo exija, se considerará lo siguiente:
Para el caso de que el número de ciudadanos en LN de una sección sea superior a 3000, se instalarán en un mismo local tantas casillas como resulte de dividir alfabéticamente el número de ciudadanos en la lista entre 750.
Si no existe un local que permita la instalación en un mismo sitio de las casillas necesarias, se ubicaran en lugares contiguos atendiendo a la concentración y distribución de los electores.
Cuando las condiciones geográficas de infraestructura o socioculturales de una sección hagan difícil el acceso a todos los residentes, se podrá acordar la instalación de varias casillas extraordinarias en lugares ue ofrezcan un fácil acceso a los electores, además se deberá elaborar el listado nominal conteniendo únicamente los nombres que habitan en la zona geográfica donde se instalen.
En las secciones que la JD acuerde, se instalarán casillas especiales, para recepción del voto de quienes se encuentren fuera de su sección, en cada distrito electoral se podrán instalar hasta 10 casillas especiales.
Los consejos distritales podrán aprobar casillas en secciones de menos de cien electores, con el objeto de salvaguardar el derecho al voto, siempre y cuando se cuente al menos con cincuenta electores y la distancia a la casilla más cercana se encuentre a más de veinticinco kilómetros.
Para la producción de las boletas los elementos a considerar son los siguientes: Lista nominal, representantes de partidos políticos y candidatos independientes, casillas aprobadas y, en su caso, cantidad de boletas aprobadas para las casillas especiales.
En cada casilla se garantiza la instalación de mamparas, garantizando el secreto del voto.
Requisitos para la Ubicación de las Casillas Electorales
Fácil y libre acceso
Aseguren la instalación de canceles para la emisión del voto
No ser casas de servidores públicos
No ser inmuebles de dirigentes o candidatos políticos
No pueden ser fábricas, templos, lugares de culto o de partidos políticos
No ser cantinas, centros de vicio o similares
Se preferirán los locales ocupados por escuelas y oficinas públicas.
Se deberá observar que no existan oficinas de partidos, agrupaciones o casas de campaña en un perímetro de 50 metros.
Procedimiento para determinar la ubicación de casillas
Entre el 15 de enero y 15 de febrero, las JDE recorrerán las secciones de los distritos para localizar lugares que cumplan los requisitos
Entre el 16 y 26 de febrero, la JDE presenta al Consejo Distrital una lista proponiendo los lugares.
Los Consejos Distritales, examinan los lugares propuestos cumplan los requisitos y en su caso hacer cambios.
A mas tardar la segunda semana de abril, el Consejo Distrital deberá aprobar la lista de ubicación de casillas.
A mas tardar el 15 de abril, el presidente ordena la publicación de la lista de ubiacion aprobadas.
Entre el 15 y 25 de mayo, el Consejero Presidente ordena una segunda publicación de la lista con los ajustes en caso de que existan.
Procedimiento para integrar las MDC
En el mes de diciembre previo, el CG sorteará un mes de calendario para tomar como base para la insaculación de ciudadanos. Con corte del LN al 15 de diciembre.
Del 1 al 7 de febrero, las JDE insaculan de las listas nominales un 13% de cada sección electoral, en ningún caso menos de 50 ciudadanos en una sección.
Del 9 de febrero al 31 de marzo, los ciudadanos que resultaron insaculados, se les convoca a un curso de capacitación.
Las JDE hacen una evaluación a los que resulten aptos, prefiriendo a los de mayor escolaridad.
El CG en el mes de febrero sorteara las 26 letras del alfabeto, a fin de obtener la letra base para seleccionar a los ciudadanos que integrarán las MDC
6 de abril, se insaculará a los ciudadanos en la relación que realicen las JDE para integrar las MDC, entre el 9 de febrero y 4 de abril, las JDE hacen una relación de ciudadanos que asistieron a la capacitación y no tengan impedimento,
8 de abril, las JDE integran las MDC determinadas según escolaridad las funciones de cada integrante.
A más tardar el 10 de abril, se ordenará la publicación de las listas de los miembros para todas las secciones electorales.
Los Consejos Distritales notificarán personalmente a los integrantes de las MDC su nombramiento y les tomarán protesta de ley.
Los representantes de PP podrán vigilar el desarrollo de este procedimiento.
En el periodo del 9 de abril y hasta un dia antes de la Jornada Electoral, en el caso de sustituciones se deberá informar oportunamente a los PP.
Las publicaciones de las listas de integrantes de MDC y ubicación de casillas se fijarán en edificios y lugares públicos más concurridos del distrito y se entrega una copia impresa y otra en medio magnético de la lista a cada uno de los RPP
Para la producción de las boletas los elementos a considerar son los siguientes: Lista nominal, representantes de partidos políticos y candidatos independientes, casillas aprobadas y, en su caso, cantidad de boletas aprobadas para las casillas especiales.
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