Electoral | Instituciones Electorales en México
El sistema electoral mexicano se compone por las siguientes instituciones.
Instituto Nacional Electoral
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Electorales
¿Qué es el Instituto Nacional Electoral?
Es un organismo público e independiente en sus decisiones y funcionamiento, se encarga de organizar las elecciones federales y locales, estas últimas en coordinación con las respectivas OPLES de cada estado.
El INE tiene sus oficinas centrales en la Ciudad de México, con representaciones en las capitales de las 32 entidades federativas y en los 300 distritos electorales en que se divide el territorio nacional, llamadas juntas locales y distritales ejecutivas, respectivamente.
El Consejo General es el máximo órgano de dirección del INE y está integrado por:
Once miembros con derecho a voz y voto, llamados Consejeros Electorales (uno de ellos funge como presidente del Consejo)
Los consejeros del Poder Legislativo. Uno por cada grupo parlamentario presente en el Congreso (con voz, pero sin voto)
Los representantes de los partidos políticos nacionales con registro (con voz, pero sin voto) y,
El Secretario Ejecutivo del INE (con voz pero sin derecho a voto).
Además de organizar las elecciones, el INE también se encarga de:
Administrar el tiempo que le corresponde al Estado en radio y televisión para fines electorales.
Revisar y ajustar el número de distritos electorales a nivel federal.
Organizar y mantener actualizado el Registro Federal de Electores.
Entregar los recursos que por ley les corresponden a los partidos y agrupaciones políticas nacionales y vigilar que los usen adecuadamente.
¿Qué es el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación?
Es un órgano especializado del Poder Judicial de la Federación, encargado de resolver controversias en materia electoral, proteger los derechos político-electorales de las y los ciudadanos e impartir justicia en el ámbito electoral.
Está conformado por una Sala Superior, integrada por siete magistraturas; cinco salas regionales y una sala especializada, con tres magistraturas cada una.
Como máxima autoridad jurisdiccional electoral, el TEPJF dice la última palabra para resolver conflictos que emergen de cualquier elección en México.
Tutelan los derechos fundamentales de carácter político-electoral de las y los ciudadanos por medio de un sistema integral de medios de impugnación, de modo que quien desee cuestionar un acto o resolución que, considere, vulnere alguno de sus derechos político-electorales, dispone de un recurso jurídico para acudir a la justicia electoral.
Ejes rectores:
Brindar certeza jurídica.
Consolidar un modelo de tribunal abierto.
Ampliar el acceso a la justicia y garantizar el ejercicio efectivo de los derechos político-electorales.
Fortalecer el desempeño institucional y los mecanismos de rendición de cuentas.
Propiciar una administración eficiente y responsable en el uso de los recursos.
Sala Superior
La Sala Superior es la última instancia jurisdiccional en materia electoral que conoce y resuelve en forma definitiva e inatacable las controversias electorales presentadas por ciudadanas y ciudadanos, candidatas y candidatos, partidos y demás actores políticos.
Está formado por siete magistraturas electorales y tiene su sede en Ciudad de México.
En única instancia resuelve los medios de impugnación relacionados con la elección presidencial y de gubernaturas, incluida la de Ciudad de México, así como con las elecciones federales de diputaciones y senadurías por el principio de representación proporcional.
Asimismo, se encarga de realizar el cómputo final de la elección presidencial de los Estados Unidos Mexicanos, una vez resueltas las impugnaciones que se hubieren interpuesto respecto a esta, en ese caso, procede a formular la declaración de validez de la elección y la de presidenta o presidente electo.
Salas Regionales
El Tribunal Electoral cuenta con cinco Salas Regionales, cada una integrada por tres magistrados elegidos por el Senado de la República, a propuesta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y cuyo cargo ejercen por un periodo de nueve años.
La sede de cada Sala Regional es la ciudad designada como cabecera de las circunscripciones plurinominales en que se divide el país.
Asimismo, existe una Sala Regional Especializada, con sede en la Ciudad de México, que atiende asuntos relacionados con la fiscalización de los recursos de los partidos, la propaganda y los actos anticipados de campaña.
Sala Regional Guadalajara
Corresponde a la primera Circunscripción electoral, que comprende los estados de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Durango, Jalisco, Nayarit, Sinaloa y Sonora.
Sala Regional Monterrey
Corresponde a la primera Circunscripción electoral, que comprende los estados de Aguascalientes, Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas.
Sala Regional Xalapa
Corresponde a la tercera Circunscripción electoral, que abarca los estados de Campeche, Chiapas, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz y Yucatán. Esta Sala conoce y resuelve la gran mayoría de los asuntos relacionados con las elecciones en pueblos y comunidades indígenas; por ello, posee el Centro de Documentación más especializado en materia de indigenismo y multiculturalidad.
Sala Regional Ciudad de México
Atiende cuestiones de constitucionalidad y legalidad en las elecciones de ayuntamientos, congresos locales y alcaldías en los estados de Guerrero, Morelos, Puebla, Tlaxcala y la Ciudad de México (cuarta Circunscripción), salvo cuando haya alguna cuestión de inconstitucionalidad que pueda ser revisada por la Sala Superior.
Sala Regional Toluca
Ejerce su competencia en la quinta circunscripción electoral: Colima, Hidalgo, Estado de México y Michoacán. Aquí se encuentran los municipios cuyo padrón electoral es más grande que el de algunas entidades federativas juntas.
Sala Regional Especializada
Está encargada de resolver los procedimientos sancionadores relacionados con la violación a las normas que regulan el acceso a radio y televisión de los partidos y candidatos, la aplicación imparcial de recursos públicos, la propaganda de entes públicos, propaganda electoral, así como actos anticipados de precampaña y campaña.
¿Que es la Fiscalía Especializada para la Atención de los Delitos Electorales?
La Fiscalía Especializada en Delitos Electorales o antes conocido como "Fiscalía Especializada en Delitos Electorales" (FEPADE) es el organismo de la Fiscalía General de la República (antes PGR) con autonomía de México, es responsable de atender en forma institucional, especializada y profesional, lo relativo a los delitos electorales federales.
Es una de las autoridades, además del Instituto Nacional Electoral (INE) y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), encargadas de garantizar la equidad, legalidad y transparencia de las elecciones federales y locales en los casos que resultan de su competencia.
La FEPADE tiene como uno de sus principales atribuciones las siguientes:
1. Investigar, prevenir y perseguir los delitos en materia electoral
2. Ejercer la facultad de atracción para la investigación y persecución de delitos del fuero común que tengan conexión con delitos federales materia de electoral.
3. Establecer mecanismos de coordinación con las unidades administrativas que tengan a su cargo el control y seguimiento de las averiguaciones previas y de los procesos penales federales, a fin de perfeccionar el ejercicio de la acción penal y facilitar las actuaciones procesales que deban desahogarse ante los órganos jurisdiccionales.
4. Proponer, políticas, estrategias y líneas de acción para combatir los delitos electorales; así como participar, en coordinación con las instancias competentes, en la elaboración y ejecución de los programas de prevención.
5. Informar mensualmente al Consejo General del Instituto Federal Electoral sobre la cantidad y naturaleza de las denuncias recibidas, el estado de las averiguaciones previas iniciadas, de las consignaciones efectuadas, de los procesos y de los amparos, en su caso.
6. Fortalecer e implementar mecanismos de cooperación y colaboración con autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y del Distrito Federal, atendiendo a las normas aplicables y políticas institucionales, conforme a los lineamientos que emita el Procurador.
7. Diseñar e implementar proyectos, estudios y programas permanentes de información y fomento de la cultura de la denuncia y de la legalidad en materia penal electoral.
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